El
ministro de Gobierno de la Pcia. de
Bs. As. anunció que el Registro
Provincial de las Personas comenzó a realizar en todas sus delegaciones del
territorio bonaerense varios trámites que hasta el mes pasado se cumplían
en las comisarías, pero que a partir de una resolución oficial no podrán
hacerse más en dependencias policiales.
“Cualquier bonaerense que deba pedir una constancia de domicilio, un
certificado de supervivencia, que deba hacer una denuncia de extravío de su
D. N. I., tarjetas de crédito o
carnet de conductor, o que haya perdido un bien
mueble o semoviente, tendrá que ir a la
Delegación del Registro de las
Personas”, señaló y agregó: “El trámite es exactamente el mismo que
el que se hacía en las comisarías”.
Según explicó el ministro de Gobierno, “esta medida permitirá liberar a
dos mil policías que hasta el momento cumplían funciones burocráticas en
las comisarías, y de esta manera se podrá seguir mejorando la seguridad
para todos los habitantes de la provincia”.
La decisión, además, significará un ahorro de tiempo para aquellas
personas que denuncien la pérdida de su DNI, ya que el trámite se
concentrará en una sola dependencia, lo que evitará traslados innecesarios
a los ciudadanos.
La iniciativa anunciada forma parte de un plan que también contempla sacar
de las comisarías otros trámites, como la realización de actas de choques
que no ocasionen lesiones a los involucrados, y las denuncias por ruidos
molestos, que deberán hacerse en las compañías de seguros y en oficinas
municipales, respectivamente.
Las oficinas municipales reciben otras exposiciones civiles, como denuncias de abandono de hogar.
La Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Nº 5.827, en el artículo 61 determina la competencia de los Juzgados de Paz Letrados, respecto de la certificación de firmas y autenticación de copias, entre otras.
Que,
por su parte, los Registros Públicos de Comercio también realizan la misma
función que los organismos precitados, competencia otorgada por los
Acuerdos Nos. 2352 (del 12 de septiembre de 1989), 3175 y 3189 de la
Suprema Corte de Justicia de la Provincia.
Esta medida, que apunta a no distraer la función esencial del personal
policial en la prevención de la criminalidad, se tomó para cumplir con la
Ley 13.482, que se refiere a la unificación de las normas de organización
de las policías de la Provincia de Buenos Aires.