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101.
Petición y admisión, efectos. Esta petición, no suspende el trámite del concurso
si el deudor está inscripto en el Registro
Público de Comercio de la jurisdicción
del juzgado. En ningún caso cesa la aplicación de los efectos de la quiebra.
La resolución que admite la incompetencia del juzgado ordena el pase del expediente
al que corresponda, siendo válidas las actuaciones que se hubieren cumplido hasta
entonces.