Para
cazar en nuestro país es necesario tramitar una licencia de cazador. Para cazar
en Buenos Aires puede gestionarse en los distintos clubes de caza que agrupa
la Federación de Cazadores Deportivos de la Provincia de Buenos Aires. Sus direcciones
y teléfonos constan en la página www.fecade.com.ar
.
Para cazar en el interior hay que
solicitar información en la casa de la provincia correspondiente o, en el caso
de algunas provincias puede hacerse a través de Aicacyp (Piedras 770; Tel. 4362-8799
o solicitarla por Internet a www.findesemanatv.com.ar
, a un costo de $ 30).
Armas
Las
únicas armas de caza permitidas en la Argentina son las de anima lisa en sus cañones
(escopetas de uno o dos caños o semiautomáticas de 3 tiros, calibre 36 -doce chico-
hasta el 12/70 que es el calibre más grande permitido). Disparan cartuchos cargados
de municiones finas, también se utiliza para la caza de liebre y vizcacha la carabina
calibre 22 LR.
Para la caza mayor se
aceptan fusiles
tiro a tiro de calibre mayor al 6,5.
Registro
Todas
las armas de fuego deben registrarse en el Registro Nacional de Armas (RENAR)
y su propietario debe ser obligatoriamente legítimo usuario de armas, credencial
que otorga el mismo organismo a quién reúna una serie de requisitos (idoneidad
en el manejo de armas, examen psicofísico, tener medio de vida lícito, etc.)
Papeles
Al
safari hay que concurrir con las constancias vigentes de tenencia y uso de armas,
licencia de cazador, autorización para cazar en el coto o campo privado elegido
y el comprobante de pago de temporada de caza mayor o menor en la provincia en
cuestión.
Cada provincia fija el periodo
de caza dentro de su territorio y decide las especies permitidas y la veda, que
debe respetarse. Para alertar sobre la presencia de cazadores, al legar a la zona
de caza, hay que presentarse ante las autoridades policiales. El precintado de
las piezas cazadas es obligatorio y se realiza en el mismo establecimiento, ante
una autoridad policial.
La caza deportiva
en nuestro país está regulada por la Ley Nacional de Fauna Nº 22.421
y su Decreto Reglamentario Nº 666/77.-